Quiénes somos
Podemos definir el trabajo de la entidad como “cuidar y proteger a las personas necesitadas de medidas de apoyo velando porque sus derechos, voluntad, deseos y preferencias como persona sean respetados, y lograr la mejora de su calidad de vida”.
Se establece como principio general que: “la Fundación, tiene como fin adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad y mayores el acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica y disfrutar de modo efectivo de sus derechos en régimen de igualdad con las demás personas”.
Se considera que la actuación de la Fundación será siempre subsidiaria de la que le corresponde a los familiares y allegados de la persona necesitada de apoyo y a falta de otras personas o instituciones que se hagan cargo de ella. En todo caso, la Fundación actuará cuando lo determine la autoridad judicial.
Para la consecución de sus fines, la Fundación desarrollará, entre otras, las siguientes actividades:
- Asunción y ejercicio de las funciones de apoyo, curatela o defensa judicial que le hayan sido encomendadas por resolución judicial o desde cualquier otro ámbito, tras su estudio, aprobación y aceptación, en su caso, por el Patronato u órgano en quién éste delegue.
- Poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que pudieran ser determinantes sobre la situación de una persona que requiera la adopción judicial de medidas de apoyo.
- Comunicar al Ministerio Fiscal, para su traslado al órgano judicial competente, los hechos que pudieran dar lugar a la inhabilitación o remoción de curadores, o guardadores de hecho, en el ejercicio de las medidas de apoyo que se pudieran encontrar desempeñando.
- Prestar servicios de apoyo y asesoramiento jurídico y social a las personas con discapacidad y mayores que pudieran necesitar medidas de apoyo cuando lo soliciten, carezcan de los recursos sociales y económicos adecuados, sean encomendadas por resolución judicial u otros ámbitos y previa aprobación por el Patronato u órgano en quién éste delegue.
- La coordinación con los órganos judiciales y con el Ministerio Fiscal para un mejor desempeño de las funciones asumidas.
La cooperación con cuentas entidades públicas o privadas tengan fines similares o coincidentes.